Novación

Novación: es muy frecuente que las obligaciones cuyo cumplimiento que garantiza el asegurador tengan modificaciones a lo largo de la duración del contrato. En ocasiones las modificaciones son de naturaleza tal que podría hablarse que se ha creado otro contrato u obligaciones.

Tipos de novación:

·         Novación extintiva: es una obligación que requiere de una obligación verdaderamente existente que se extinga, es decir que la obligación vigente este llegando a su periodo de vencimiento.

·         Novación modificativa: se da cuando un contrato varía su objeto en sus condiciones principales, cuando se sustituye el deudor o cuando se subroga a un tercero en los derechos del acreedor en una obligación que aunque modificada esta misma continúa.


0 comentarios :

Publicar un comentario